Sijena, el chiringuito, las sobras, las cucharillas y la tesis (II)

De lo que escribió Carmen Berlabé en su post del día 20 en Facebook, hay cosas con las que no me meto, aunque no las comparta, porque son opiniones debatibles desde la razón. Ella da su opinión, la argumenta, ya está. Por ejemplo, cuando afirma que la declaración de Sijena como Monumento Nacional en 1923 no fue instada para salvaguardar su patrimonio artístico y que no se siguiera vendiendo, sino para «obtener recursos para las reparaciones que se estimaran necesarias». Yo no lo veo así, porque el hecho es que las ventas de patrimonio se frenaron. Hubo una excepción, señalada en el anterior post, pero la sangría de ventas de piezas importantísimas que se había producido hasta entonces se cortó, y la Junta de Museos de Barcelona, que estaba tratando por entonces de comprar las pinturas murales y la techumbre de la Sala Capitular, dejó de insistir en su empeño.

Lo que, desde luego, no es cierto es que las ventas anteriores a 1923 fueran «todas ellas de poca monta». Vaya que no. Antes de esa fecha (en 1918) se habían vendido a la Junta de Museos de Barcelona nada menos que el retablo de la Virgen de Sijena, también llamado «del Comendador», pieza importantísima del arte gótico, que se expone en el MNAC como una de las joyas de su colección. La noticia de su compra fue difundida con alborozo por la prensa, que señaló su carácter de obra excepcional. La nota difundida por la Junta de Museos decía:

La adquisición principal es el precioso retablo catalán de Santa Ma­ría, procedente del Monasterio de Sigena, en el Obispado de Lérida, y las tres tablas de la misma procedencia.

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También discute Berlabé que la declaración de Sijena como Monumento, y por tanto su protección legal, incluyera el patrimonio artístico mueble. Yo he rebatido esa opinión ya varias veces porque creo que no se sostiene, pero vaya, cada uno da sus argumentos y ya está.

Hay cosas, sin embargo, que no son argumentos sino recursos que vamos a llamar «raros». Les transcribo, por ejemplo, una parte de su texto (traducida al castellano):

Es muy discutible que la declaración incluyera los bienes muebles del monasterio, que la sentencia considera inmuebles y partes integrantes e inseparables del edificio […]. Yo no tengo nada claro que el lote de bienes entregados recientemente al monasterio, los que fueron vendidos en los años 1992 y 1994 a la Generalitat y al MNAC, integrado básicamente por palmatorias, tenedores, cucharas, relicarios, tapas de sopera, platos y otra vajilla, libros y pergaminos, además de algunos objetos textiles, tengan la consideración de inmuebles, ni que formen parte consustancial del edificio y de su embellecimiento. En todo caso, serían bienes muebles y consideramos, tal como se ha comentado antes, que estos bienes muebles no estaban contemplados en la declaración de monumento nacional.

Bueno, esto es divertido. Resulta que nos hemos partido el cobre, unos y otros, por un lote de cucharas, tenedores, vajilla, palmatorias y tapas de sopera. ¡Seremos tontos, oiga! Igual de tontos que fueron la GenCat y el MNAC, que pagaron cuarenta millones de pesetas por ese montón de tarros.

Estaría bien señalar, me parece, dos cosas. Una es el hecho de que, como ella misma dice, eran LOTES de objetos, es decir, que iban los más valiosos y los menos en un mismo conjunto cuando fueron vendidos. Si querías unos, habías de quedarte también con los otros. Y otra, que en ese lote había, como parte principal y más interesante, varios fragmentos de pinturas murales al fresco, unas románicas, otras góticas y otras del siglo XVI; unas puertas policromadas datadas en el siglo XIII, las del Palacio Prioral; y algún fragmento de urna funeraria de piedra, del XIV, tallada.

venta bienes 1992

 

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venta bienes 92 anexo derecho compra

Fue eso lo que se quería comprar, lo que se pagó, lo que principalmente interesaba desde el punto de vista de su valor artístico. Es cierto, como dice Berlabé, que las palmatorias y las cucharas o las tapas de sopera no pueden considerarse bienes inmuebles. Pero resulta que van en un lote con varias pinturas murales y con las puertas románicas del Palacio Prioral. Y eso sí es consustancial al edificio, sí forma parte de él. Como ella misma dice: «Una cosa es interpretar y otra, bien diferente, tergiversar». O callar lo que no interesa. Podemos debatir acerca de si los libros de coro o los pergaminos podían estar protegidos por ley o no, ser considerados así o asá; pero no plantear los hechos como usted lo hace, porque obvia lo fundamental.

Sigo con su texto. Afirma que «no interesa a la parte aragonesa que [estos bienes] sean muebles porque, para serlo, hace falta que se haya declarado así expresamente», tal como, dice, reconoce la sentencia de julio de 2016 (que es la de la reclamación de las pinturas de la Sala Capitular). «Yo no he leído ninguna mención expresa en la declaración de monumento nacional a estos bienes muebles», sigue diciendo Berlabé, «y por eso se entiende que interese convertir cucharillas, libros y vajilla variada en bienes inmuebles».

Señora Berlabé, tiene usted que fijarse en las fechas: la declaración de Sijena se produjo en 1923 y la ley que usted trae a colación para los bienes muebles es de 1985. ¿Le ha pasado desapercibido ese detalle? Sin embargo, en 1923 estaba vigente un ordenamiento legal que decía lo siguiente:

real decr 1923     real decr 1923 2

Terminaremos con una cita más, muy sabrosa para comentar pero que no le hacía falta para defender su postura, por ofensiva.

Creo que la gente de Aragón no habría de estructurar su identidad en las sobras de los catalanes [en el original, «restes de taula»; también podría traducirse como ‘migajas’]. Creo también que se merecen algo más que hacer bandera y bastión de arrancarnos cuatro cucharillas y, en el mejor de los casos, alguna pintura medieval.

Sra. Berlabé, lo que estamos haciendo es tratar de recuperar un lugar emblemático de nuestra historia, de devolverle una parte de su pasado esplendor, de restituir lo que le perteneció y fue enajenado ilegalmente. No rebañamos las sobras de nadie ni esta historia va de arrancarles a ustedes las cucharillas. Si consideran «sobras» o «migajas» ese patrimonio, no sé por qué ese empeño en retenerlo, ahí guardado bien oculto en las reservas, sin enseñárselo a nadie. Si así es como valoran esas obras, van a tener razón los que piden que vaya inmediatamente la policía a buscarlas. Y, más, no creo que sea muy apropiado que hable de construir identidades una de las principales responsables de un museo que, si prescindiera de las obras de procedencia aragonesa, se quedaría temblando. Cuestión que, me parece, es en el fondo su única preocupación.

Como usted misma dice, «Es fácil descalificar sin argumentos y, además, siempre habrá cerca ‘palmeros’ que aplaudirán la gesta y el gesto de ir contra Cataluña». Convertir todo lo que les molesta o no les gusta en «ir contra Cataluña» es lo que están haciendo ustedes desde el Museu de Lleida, creo yo que con bastante irresponsabilidad. Eso sí, reconozco que es comodísimo. Y que, a juzgar por lo que se puede leer en las redes y en la prensa, y a veces hasta en los políticos, les da resultado.

A mí, señora mía, me produce auténtica vergüenza.

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3 respuestas a Sijena, el chiringuito, las sobras, las cucharillas y la tesis (II)

  1. Mariano Ibeas dijo:

    No hay peor ciego que el que no quiere ver… y no hay mejor cosa que una sordera bien administrada… y en esto, las «autoridades catalanas» en particular y los catalanes en general son auténticos maestros.

  2. Ligre dijo:

    Enhorabuena, muy buenos artículos. Me hace gracia que Velasco felicite a Apudepa por su artículo, pero no a ti, que les estás dando una lecciones que deberían pagarte por Lleida. Saludos y ánimo

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