Cuando no se tiene una buena razón, un buen argumento, es frecuente que se recurra a numerosas pequeñas excusas, como si sumarlas equivaliera a tener una grande y poderosa. «No puedo ir a tal sitio porque estoy enfermo» no es lo mismo que «No puedo ir a tal sitio porque se me va a hacer tarde, y además me duele la garganta, y mi chico el pequeño tiene un cumpleaños, y no tengo nada que ponerme, y los días impares me traen mala suerte«. En este último caso, o la razón para no ir no existe o es inconfesable.
Eso es lo que les pasa a los que pretenden retrasar al máximo o negarse a devolver los bienes eclesiásticos de las parroquias aragonesas que están en el Museo de Lérida: si pudieran acreditar que las obras son suyas, lo habrían hecho hace mucho tiempo. Pero como no pueden, las excusas son muy diversas:
..que el Obispado de Lérida es legítimo dueño de las piezas y puede demostrarlo con papeles, lo que pasa es que nadie las quiere tener en cuenta, porque todos los encargados de juzgar el proceso son unos vendidos, anticatalanes o pertenecen a una oscura trama urdida por el Opus;
..que no pueden presentar la documentación porque está en una notaría de Barcelona y tenía que haber sido la jueza la que la pidiera, una jueza cuya imparcialidad es dudosa porque está pendiente de un traslado a Zaragoza;
..que, aunque no fueran los propietarios, las piezas habrían pasado a ser suyas porque las tienen en Lérida desde hace muchos años sin que nadie las haya reclamado;
..que esto no es un tema de jurisdicción eclesiástica sino civil;
..que merecen tenerlas porque si no fuera por ellos las obras se habrían perdido, pues los aragoneses no sabemos conservarlas, que somos unos paletos y unos dejaos;
..que a los sucesivos obispos de Lérida que han afirmado que las obras están en esta diócesis en calidad de depósito los había puesto ahí una especie de mano negra;
..que no se puede disgregar una colección porque lo dice el ICCOM;
..que no se puede devolver nada porque las piezas están catalogadas como patrimonio catalán;
..que no se puede devolver nada porque el Museo de Lérida ya no es solo diocesano, sino «diocesano y comarcal», y que no depende solo del obispo, sino de un patronato;
..que todo aquel que dice algo en contra de sus tesis es anticatalán y facha…
Vamos, que cuando no hay un buen agarradero se inventa uno veintisiete. Con el riesgo de contradecirse, claro.
La sentencia de la juez Beatriz Terrer es larga, pero clarísima. Un poco durilla de leer, como lo es todo el lenguaje jurídico, pero se entiende todo perfectamente: quizá al redactarla se tuvo en cuenta que se publicaría en todos lados, que la leería mucha gente, y se esforzaron en hacerla bien comprensible.
Lo bueno de esta sentencia es que no solo desestima la demanda de los Amics, diciendo que no ha lugar apelar al derecho de usucapión (tenencia pacífica y prolongada de un bien sin que nadie lo reclame) porque les faltan requisitos básicos que pide la ley, señaladamente la demostración de que esos bienes se han tenido «como dueño»; sino que, para argumentar la falta de este requisito se detallan muchos factores que demuestran que en todo este tiempo se han tenido en depósito.
También se reprocha veladamente a los Amics el descuido en presentar la documentación de la demanda: varias de las referencias que se dan en el inventario de las piezas son erróneas, están claramente confundidas o son inidentificables con nada, pues donde dice que es una talla de estuco acude uno a comprobar y se trata de un cáliz; donde dice qeu es una pintura de San Pedro resulta que en el catálogo aparece una ménsula de piedra, o donde se dice que es una escultura de San Miguel resulta que la referencia corresponde a unas tejas romanas, entre otros casos.
Para que luego nos vayan tachando a los demás de descuidados…
El tema de la tan traída y llevada «negativa de la jueza» a consultar una documentación importantísima que acredita la propiedad de esos bienes para el Obispado leridano, y de la que únicamente se dice que pesa 40 kilos, es bastante chocante. No se admitió a consulta porque no se presentó «en tiempo y forma». Yo no me puedo creer que si cuentan con una documentación que acredita la propiedad no la hayan presentado no ya para este juicio, sino en ningún momento a lo largo de los 15 años que lleva en marcha el litigio. A mí me suena a camelo, y tiene toda la pinta de no ser otra cosa que una excusa más a la que agarrarse para recurrir y continuar aplazando la devolución de los bienes sine die.
Además, se plantea una cuestión muy importante, y es que para enajenar de cualquier modo un bien eclesiástico, según manda el Derecho Canónico, ES PRECEPTIVO CONTAR CON LICENCIA DEL SUPERIOR JERÁRQUICO, que en este caso, siendo una «compraventa» realizada por un obispo, sería el Papa. Y de esas licencias, ni rastro. Ni están, ni siquiera nadie ha dicho que estén. De ello, la jueza deduce, con buen criterio, que hay dos posibles opciones para lo ocurrido: una, que los obispos leridanos que recibieron los bienes de las parroquias lo hicieron como administradores de los mismos, con la finalidad de preservarlos o guardarlos, o con afán didáctico, pero no «en concepto de dueño», sino «manteniéndose el dominio en las parroquias»; o, dos, qeu tanto el obispo Meseguer como sus sucesores
con una evidente carencia de buena fe (por tener perfecto conocimiento de que se estaban vulnerando las normas canónicas que regían la enajenación de bienes, normas esenciales que debían ser conocidas por un obispo), realizaron con los párrocos enajenaciones no admitidas por la ley canónica, consideradas nulas por no concurrir la preceptiva licencia de la Santa Sede.
Toma ya. Y añade:
no obstando a esta conclusión el hecho de que se entregara por el obispo dinero u otros bienes sin ese valor histórico artístico a las parroquias, o se costeara por la Diócesis alguna obra en la iglesia respectiva, por cuanto esos actos entraban dentro de las facultades de administración reconocidas por el Derecho Canónico al obispo.
Después de todo esto, ¿cómo no va a desestimarse la demanda?
Digan lo que digan, esta sentencia es un varapalo tremendo para las tesis leridanas. Y ahora ya se van quedando sin excusas: ¿no tenían tanto empeño en acudir a un tribunal civil, porque muchos consideraban inválido y trasnochado todo lo que dijeran las instituciones eclesiásticas y los decretos de la Santa Sede? Pues esto es lo que les ha dicho un tribunal civil. Y de Lérida.
Lo dices muy bien, Inde, y me da pena que este lenguaje tan claro con que tú lo expresas no se utilice en los medios informativos que correspondan. Duele mucho el tratamiento que nos están dando en este asunto, ya no en Cataluña -que ahí es de esperar-, sino en el resto de España; es decir, el ninguneo hacia Aragón, como en casi todo.
Y es que todo está en el mismo contexto: una territorialización de España cada vez más desequilibrada e injusta, donde todos somos iguales, pero unos más iguales que otros. Mal con nuestros vecinos catalanes, pero creo que no mejor con el resto del Estado. Ejemplo de ello es el tijeretazo a las inversiones públicas, donde es Aragón una de las comunidades más afectadas, pero cuando revierten una cantidad importante para ello se va a Andalucía. Ya está bien.
Me parece que esto no tiene remedio mientras que todas las comunidades autónomas, o paises, – naciones de España o del Estado Español o como se tenga que llamar finalmente todo este putiferio, no tengan el mismo nivel de soberanía y autogobierno. Que cada palo aguante su vela.
Bien dicho
Que fuerte, ¿dicen tener documentación que acredita la propiedad y no la presentan en 15 añazos?..ya les vale.
No tienen por donde cogerlo,hace tiempo que es evidente (¿cuantas sentencias más hacen falta?¿ante que instancia?) pero claro, como el mundo es tan «anticatalán» continúan sin devolverlos.
Que lo pinten del color que quieran, que no. Ahora, ¿quien da el golpe en la mesa y dice BASTA?
Lo hemos dicho mil veces ya: si fuera al revés… ¡Buf!
Como el blog lo leemos, me temo, solo los aragoneses, estaría muy bien que hicieses un resumen y lo enviases a algunos peródicos de alcance ibérico: el país, el mundo…
Porque es sangrante.
Zagrí, esta mañana he enviado el enlace de este post y el anterior a Francino.
Si se hace «el de Ikea» es harina de otro costal.